¿Días libres?

Gobierno declara el 30 y 31 de diciembre como días no laborables: ¿Quiénes podrán descansar?

El Decreto Supremo 011-2024-PCM otorga un descanso adicional para los trabajadores, el 30 y 31 de diciembre, antes del Año Nuevo.

El Gobierno de Perú ha decidido que el lunes 30 y martes 31 de diciembre de 2024 serán días no laborables para los trabajadores del sector público, según el Decreto Supremo 011-2024-PCM. Esta medida busca darle un respiro a los empleados públicos y promover actividades familiares y el turismo en los días previos al Año Nuevo.

¿Quiénes pueden disfrutar de estos días libres?

La disposición aplica principalmente a los trabajadores del sector público. Ellos podrán descansar el lunes 30 y martes 31 de diciembre sin afectar su salario. Sin embargo, hay una condición importante: estas horas no trabajadas deben ser compensadas en fechas posteriores, tal como lo dispongan las autoridades de cada entidad pública.

Por otro lado, el sector privado no está obligado a seguir esta disposición. Las empresas de este sector pueden decidir, en acuerdo con sus empleados, si también conceden estos días libres. En caso de no llegar a un acuerdo, la última palabra la tendrá el empleador, quien podrá decidir si se recuperan las horas o si se trabaja esos días.

Días no laborables 2024, según el Decreto Supremo 011-2024-PCM. (El Peruano)

Excepciones importantes. Aunque la medida es para la mayoría de trabajadores públicos, hay sectores esenciales que seguirán trabajando, ya que sus servicios son fundamentales para la comunidad. 

Estos incluyen los servicios de salud, electricidad, agua, gas, telecomunicaciones, transporte, seguridad, y muchos otros. Estas áreas deben continuar operando para garantizar que no falten servicios esenciales durante las festividades.

Diferencia entre feriado y día no laborable

Es importante no confundir un día no laborable con un feriado. Los feriados son días de descanso obligatorio para todos los trabajadores, tanto del sector público como privado. En un feriado, si un trabajador debe laborar, tiene derecho a una compensación extra, normalmente pagando horas extras o dándole otro día libre.

En cambio, un día no laborable, como el 30 y 31 de diciembre, no es obligatorio para todos los sectores. Si bien el sector público podrá descansar, las empresas privadas tienen la libertad de decidir si dan este beneficio a sus empleados. Si un trabajador privado debe trabajar esos días, la empresa tendrá que acordar cómo se compensarán las horas no trabajadas.

¿Qué pasa con el 1 de enero?

El 1 de enero, que es feriado nacional, también tiene reglas claras. Los trabajadores deben descansar ese día sin que se afecte su remuneración. Pero si un trabajador tiene que trabajar en Año Nuevo, la empresa deberá pagarle el triple de su remuneración diaria o darle un descanso compensatorio en otro día.

La decisión de declarar los días 30 y 31 de diciembre como no laborables le da a muchos trabajadores públicos un fin de semana largo adicional para disfrutar de las festividades y pasar tiempo con sus seres queridos. Para el sector privado, esta medida es opcional, y cada empresa puede decidir si la aplica según sus necesidades. Además, el 1 de enero sigue siendo un día de descanso obligatorio, con las compensaciones correspondientes si se trabaja.